Bogotá, D.C., 21 de enero de 2015
La Iglesia Católica en Colombia está profundamente interesada en que sean reconocidos y tutelados los legítimos derechos de todos los ciudadanos sin discriminación alguna. Con amor de madre la Iglesia acoge a todos los hombres y mujeres, sea cual sea su condición, consciente de que con independencia de la orientación o incluso del comportamiento sexual de cada uno, toda persona tiene la misma dignidad ante Dios y ante el Estado.
Según informaciones publicadas por los medios de comunicación, en las próximas
semanas la Corte Constitucional proferirá sentencia sobre la adopción de menores por parejas conformadas por personas del mismo sexo. Ante tal circunstancia, la Conferencia Episcopal de Colombia quiere reafirmar su clara e inamovible posición con el fin de iluminar la conciencia de los fieles cristianos y contribuir al debate abierto y democrático sobre este delicado tema.
- Es necesario evidenciar, en primer lugar, que la adopción, en el derecho internacional y en nuestra legislación, es considerada como una medida de protección al menor (cf. art. 61, Código de la Infancia) y nunca como un "derecho" de los adoptantes. Plantear la cuestión de la adopción en términos de “discriminación" es un error porque supone hacer pasar por encima de los derechos prevalentes del menor las reivindicaciones e intereses de los adoptantes.
- El fin primordial de la adopción ha de ser siempre brindar al menor de edad las máximas garantías para un sano crecimiento y desarrollo humano, no solo en el ámbito material sino también psicológico, afectivo, ético y moral. En este sentido, hacemos un llamado a la Corte Constitucional para que, en su decisión, tenga en cuenta la existencia de numerosas investigaciones científicas que ponen en evidencia serias dudas sobre la idoneidad de las parejas del mismo sexo para brindar a los menores de edad un adecuado espacio de desarrollo psicoafectivo y de integración social. Tales estudios han sido remitidos oportunamente a los magistrados del alto tribunal.
- No hay lugar a interpretaciones equívocas: ni siquiera en el caso en el que el menor sea hijo biológico de uno de los miembros de la pareja, puede considerarse la adopción como la vía idónea para garantizar sus derechos. Los niños y niñas tienen derecho a crecer y a desarrollarse integralmente en el seno de una familia conformada por un padre y una madre, de sexos biológicamente distintos y complementarios. La Corte Constitucional no puede vulnerar ese derecho fundamental de los menores suplantando la familia con otras formas de convivencia.
- Por otra parte, la Corte, que no está capacitada para legislar o para modificar la Carta Magna, debe respetar el artículo 42 de la Constitución que consagra la naturaleza propia y específica de la familia como la unión de un hombre y de una mujer, definiéndola como “núcleo esencial de la sociedad”.
- Para tomar una decisión tan trascendental como la que atañe ahora a la Corte Constitucional es necesario reconocer y respetar los valores éticos, sociales e incluso religiosos de los ciudadanos. La Corte ha de entender que la democracia no avanza con imposiciones unilaterales. Reiteramos nuestra respetuosa solicitud a la Corte Constitucional para que no suplante la Carta Magna ni asuma competencias que corresponden a otros organismos del Estado.
- La Iglesia Católica y el pueblo colombiano esperan que los Magistrados de la Corte Constitucional tomen una decisión plenamente conforme a la Carta Magna y a los valores éticos y morales que fundan y enriquecen la convivencia de nuestra Nación. Dada, sin embargo, la incertidumbre existente, invito a todos los fieles en Cristo y a todos los movimientos eclesiales, a mantenerse vigilantes y atentos, prontos a defender la naturaleza auténtica de la familia y los derechos de los menores para que sean eficazmente tutelados por todas las instituciones del Estado.
+ Luis Augusto Castro Quiroga
Arzobispo de Tunja
Presidente de la Conferencia Episcopal