El Papa León XIV alienta la inclusión de trabajadores con discapacidad en el Vaticano

Las modificaciones que entraron en vigor inmediatamente.
Las modificaciones establecidas por León XIV se dan en las Normas para la protección de la dignidad de la persona y sus derechos fundamentales que deben observarse en los reconocimientos médicos previos a la contratación de personal durante la relación laboral, del 18 de noviembre de 2011, en las que ahora se introduce el artículo 2 bis, que dice lo siguiente:
“La incorporación laboral de las personas con discapacidad se promueve con espíritu de acogida y, cuando es necesario, con la adopción de medidas adecuadas y específicas, dado que la condición de discapacidad no excluye la idoneidad para el trabajo en las entidades destinatarias de las presentes Normas”.
Asimismo, en el artículo 14 del Reglamento General de la Curia Romana, la expresión “estado de buena salud debidamente acreditado” se sustituye por la expresión “aptitud psicofísica para las funciones que se deben desempeñar, certificada por la Dirección de Sanidad e Higiene del Estado de la Ciudad del Vaticano”.
De ese modo, el artículo 14 de dicho reglamento queda redactado de la siguiente manera:
“§ 1. Los oficiales serán elegidos entre aquellos que se distingan por su virtud, prudencia, ciencia y debida experiencia, y que reúnan los siguientes requisitos:
1) si son clérigos o miembros de Institutos de vida consagrada o de Sociedades de vida apostólica:
a) tener una edad no inferior a 25 años y no superior a 45;
b) autorización del Ordinario o Superior respectivo y de los Dicasterios competentes y, si residen en Roma, también del Vicariato de Roma;
c) aptitud psicofísica para las funciones que deben desempeñar, certificada por la Dirección de Salud e Higiene del Estado de la Ciudad del Vaticano;
d) aptitud para el trabajo que deben realizar;
2) si son laicos:
a) edad no inferior a 21 años y no superior a 35;
b) licencia ilimitada para quienes estén sujetos al servicio militar;
c) aptitud psicofísica para las tareas que deben realizar, certificada por la Dirección de Sanidad e Higiene del Estado de la Ciudad del Vaticano;
d) idoneidad para el trabajo a realizar;
e) ausencia de antecedentes penales que hagan al trabajador indigno o no merecedor de prestar servicio;
f) compromiso religioso, moral y civil, certificado, por regla general, por el párroco correspondiente”.
Estas modificaciones están contenidas en un Rescriptum Ex Audientia Sanctissimi dado a conocer este sábado.
Un documento de este tipo es una decisión o resolución del Papa emitida oralmente durante una audiencia con una autoridad de la Curia Romana, en este caso el Cardenal Pietro Parolin, Secretario de Estado del Vaticano, quien la puso por escrito y la firmó.
Autor Walter Sánchez Silva de ACIPRENSA